sábado, 22 de junio de 2013

Forma juridica

Hay que tener en cuenta los siguientes criterios:
-Forma de distribución del poder
-El tipo de financiamiento
-El tamaño de la empresa
-Corte fiscal


 Tipos de Empresa
Hay 2 tipo de empresario: el individual y el colectivo

El empresario individual: su responsabilidad es limitada y dirige el negocio, la denominacion de la empresa sera del titular, la inscripcion en el registro mercantil es potestativa, no tiene un limite de capital

Sociedad civil: tiene libre denominación, la inscripcion en mercantil es voluntaria como minimo tienen que existir 2 socios, los socios pueden aportar trabajo, dinero bienes o derechos.
La responsabilidad frente a 3% es mancomunada e ilimitada, los socios seran los administradores, generales no existe un limite para el capital necesario.
En su constitucion un 0.75% sobre la  valoración de sus aportaciones en concepto del impuesto sobre transmiciones patrimoniales.
No pueden tener objeto mercantil y sus beneficios pasan pasar.

Sociedad colectiva
Sera nombre de los socios o de algunos su constitucion exige escritura e inscripción del registro mercantil.
El numero minimo de socio sera de 2, no existiendo un maximo,
Los socio pueden aportar trabajo dinero, bienes o derechos la responsabilidad es personal e ilimitada para todos los socios. No hay un limite en el capital social. Hay socios  industriales que aportan trabajo y no tienen que hacer frente a las deudas.
Los beneficios ontenidos tributan en 35% en el impuesto sobre sociedades.

Sociedad Comanditaria
Su denominacion es el nombre de lo socios colectivos y su dedenominacion en sociedad en comandita hay que hacer escritura publica e incripcion, registro mercantil, el numero minimo de socios es 1
colectivo y otro comanditari, sin numero maximo
Los colectivos aportan su trabajo dinero en el impuesto sobre las sociedades el tipo de gramanen aplicado es del 35% al igual que las colectivas

 Sociedad Anonima
Tiene la denominacion libre simpre que no se repita el nombre ya selecionado por otra sociedad. hay que realizar escritura publica y registro mercantil, el minimo de socios es de 2, que podran aportar su dinero bienes o derecho de contenido patrimonial.
Las responabilidad es limitada. la gestion correspondera a los administradores normales, las decisiones importantes seran tomadas en general por las autoridades.

Sociedad de responsabilidad limitada
Tiene denominación libre cuando no coincida con otra y va acompañado de las siglas SL (sociedad limitada) o SLR (sociedad de responsabilidades limitadas) requiere ecritura publica obligatoria es inscripcion registro mercantil
Puede haber de 2 a 50 socio que podra aportar dinero biene o derechos patrimoniales, la responsabilidades es limitada.
La gestion normal la realizan los administradores y las decisiones importantes la toman la junta de socios.
la representacion corresponde a los administradores.

Sociedad Coperativa
Debera constituirse en escritura publica e  inscribirse en el registro federal de coperativas, el numero minimo de socios ed de 7, los socios podran aportar dinero bienes e inmuebles y creditos
La responsanilidad en las cooperativa sera personal limitada y mancumunada
En la de limitada responde slo con sus aportaciones.
Las representacion corre a cargo de su presidente menos en los casos de designacion de un equipo directo.
Tienen que desembolsarse un minimo del 25%
Los trabajadores podran  obtener prestamos de la cooperativa.
El capital maximo permitido a un socio no podra ser la tercera parte del capital

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